Ayudas Públicas

Cheque ayuda de 200 euros: ¿Qué documentación necesitas y cómo pedir la ayuda?

ayuda 200 euros
La documentación y requisitos para solicitar la nueva ayuda de 200 euros
Blanca Espada

La solicitud del cheque ayuda de 200 euros para la cesta de la compra de aquellas familias más vulnerables, entra en vigor a partir de hoy 15 de febrero, por lo que en el caso de que desees solicitarla, te ofrecemos toda la información sobre los requisitos que has de cumplir para poder pedirla y también la documentación que debes presentar. Una ayuda, recordemos, que se concede para hacer frente a la inflación en el caso de las familias, como decimos, más vulnerables.

Ayuda de 200 euros: Requisitos y documentos

A partir de hoy ya se puede solicitar la nueva ayuda del gobierno que forma partedel  paquete de medidas anticrisis anunciado por el gobierno a finales del año pasado. El conocido como cheque ‘antinflación’ está destinado a personas entre las que se están asalariados, autónomos o desempleados, y se cobra en un solo pago y para la que se excluyen pensionistas, así como los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV).

La Agencia Tributaria es el organismo que se encarga de gestionar dicha ayuda que deberemos solicitar a través de su página web.

Los requisitos para pedir la ayuda

Para poder solicitar la ayuda se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener la residencia habitual en España.
  • Haber cobrados unos ingresos íntegros inferiores a 27.000 euros anuales y tener un patrimonio inferior a 75.000 euros. 
  • Para realizar el cómputo de dichas cantidades se tendrá en cuenta a todos los familiares que convivan bajo la misma unidad familiar, es decir, la persona que la solicita, su pareja o cónyugue, los descendientes y ascendientes.
  • No se sumará el ingreso y patrimonio en el caso de las personas que comparten piso y no tienen relación familiar.

¿Cuándo se comienza a cobrar la ayuda?

La ayuda se puede solicitar entre el 15 y el 31 de marzo de 2023 y no existe una fecha concreta para recibirla. Dependerá de la fecha en la que la pidas. Según informa la Agencia Tributaria, en el caso de que pasen tres meses una vez finalizado el plazo de entrega, si la ayuda no se ha concedido será porque la ayuda ha sido desestimada.

Para comprobar si hemos recibido o no la ayuda, lo podemos hacer a través del mismo canal por el que la solicitamos, es decir, mediante la web de la Agencia Tributaria. Para ello, tienes que irte al apartado  ‘Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania’, desde donde de hecho tienes que pedirla y desde donde podrás ver el estado.

¿Qué documentación hay que aportar?

En cuanto a la documentación no se requiere en principio, que aportes ninguna. Cuando tengas rellenado el  formulario, la Agencia Tributaria cruzará los datos que hayas aportado con los de otras administraciones y determinará si puedes cobrarla o no.

En el caso de que te sea denegada, se te notificará y tendrás diez días para delegar. Una vez pase un mes sin haber presentado alegaciones, documentos o justifiquen que sí puedes cobrarla, se considerará denegada.

Por último, para rellenar la solicitud será necesario que tengas una una clave digital (Cl@ve) o un lector de DNI electrónico. Durante el proceso se te pedirá tu DNI o NIF así como el de las personas con las que convives en tu domicilio y tendrás que aportar también el número de la cuenta bancaria.

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